Canacintra pide al gobierno no implementar el etiquetado frontal de alimentos

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra) solicitó al Gobierno no implementar las regulaciones de la modificación a la NOM-051 que pide a las empresas de alimentos y bebidas incluir en su etiquetado un sello de advertencia que indique los altos niveles de azúcares, sodio y carbohidratos.

“Señor Presidente Andrés Manuel López Obrador, Señora Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín, Señor Secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, solicitamos atentamente que, ante la emergencia actual, de impacto económico y social aún desconocido, no se publique esta NOM 051 en estas circunstancias”, señalo la cámara en un comunicado de prensa.

El organismo explica que las regulaciones tendrían un impacto económico negativo en el sector empresarial ya que su implementación implica inversiones millonarias que deberán realizar las empresas para cumplir con dicha regulación en plazos que son inviables en medio de la pandemia del coronavirus que les ha forzado a tomar medidas extraordinarias para superarla.

“Implicaría un alto impacto en costos y recursos con los que no contamos en estos momentos”, señaló el documento.

Este viernes las secretarías de Economía (SE) y Salud (Ssa) llevaron a cabo una videoconferencia con el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario para terminar el proceso del etiquetado y que posteriormente se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

 

Diario Oficial DOF

@DOF_SEGOB

27_03_2020 Ed. Vespertina – Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010. https://bit.ly/2QR8Wt0 

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Entre las medidas a implementar a partir del 1 de octubre, según el DOF, es que los productos preenvasados que ostenten uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, no deben incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como, juegos visual – espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes, y

La etiqueta de los productos preenvasados que no contengan los sellos y leyendas precautorias, puede declararlo únicamente de forma escrita mediante la frase “Este producto no contiene sellos ni leyendas” y no debe utilizar elementos gráficos o descriptivo alusivos a los mismos. La declaración debe ser colocada en la superficie de información y, su tipografía y tamaño debe ser igual o menor al tamaño mínimo cuantitativo del contenido neto conforme a la NOM-030-SCFI-2006.

“El procedimiento de la modificación a la norma 051 de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas inició en agosto de 2019 y concluye el día de hoy, tras más de 20 reuniones de todos los sectores en el grupo de trabajo de la norma, la aprobación de la norma en los comités nacionales de normalización de Economía y Salud, la consulta pública en la que se recibieron más de 5,000 comentarios y la reunión de procedimiento realizada por estos comités el día de hoy”, señaló Alianza por la Salud Alimentaria

El organismo social sin fines de lucro, dio “la bienvenida” a publicación de la norma en el DOF. Sin embargo, señaló que los empresarios intentarán impugnarla a través de asociaciones empresariales.

“Sabemos que vendrán más amparos, la industria utilizará todo tipo de estrategias para bloquear el etiquetado de advertencia, como lo han hecho sistemáticamente para mantener sus ganancias a costa de la salud de la población. Una población que ahora enfrenta, con una gran vulnerabilidad generada por el consumo de sus productos, la pandemia del coroanvirus.”, señalo Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor a través de un comunicado.

El procedimiento para la publicación de la modificación de esta norma se había postergado por un amparo otorgado a CONCAMIN en primera instancia que resolvió una suspensión provisional de su publicación. El amparo fue impugnado por la autoridad y fue revocado por unanimidad por un tribunal colegiado.

Diabetes, la otra epidemia mortal en México

La modificación a esta norma busca reducir los niveles de obesidad y diabetes en México. El 10.3% de la población de 20 años o más -unos 8.6 millones de personas- sufren de diabetes, según datos del 2018 del gobierno, por sobre el 9.2% de seis años antes. Después de las enfermedades cardíacas, la diabetes es la causa más común de muerte relacionada con la salud en el país.

México es ahora el mayor consumidor de alimentos ultraprocesados de América Latina y el cuarto del mundo. Según datos gubernamentales, alrededor del 75.2% de la población de 20 años o más tiene sobrepeso o es obesa, en comparación con el 71.3% de seis años antes.

La obesidad alcanzó proporciones epidémicas en México después de que se adhiriera a un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos y Canadá, el TLCAN, en la década de 1990, y los alimentos procesados se hicieron más fáciles de conseguir, de acuerdo a varios estudios.

Ana Larrañaga, coordinadora de la red de organizaciones Contrapeso, celebró el avance de esta norma ya que garantizará que nuestra población acceda a información clara sobre lo que consumo.

“Esta medida sin duda es necesaria para combatir la otra epidemia que México enfrenta, y que hoy nos ha hecho más vulnerables ante el Covid 19 el sobrepeso y la obesidad. También es un gran acierto que las autoridades continúen con sus deberes haciendo uso de recursos digitales para evitar contagios y les exhortamos a que se publique lo antes posible en el DOF”.

Con información de Reuters.

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